Aprueban documentos vinculados a la Seguridad y Salud en el Trabajo.- Como se recuerda, el pasado 6 de abril se publicó el Decreto Supremo No. 007-2007-TR, que modificó el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo No. 009-2005-TR). Mediante esta norma modificatoria se incorporó al referido Reglamento una Novena Disposición Complementaria y Transitoria, facultando al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para dictar normas complementarias a través de Resoluciones Ministeriales, a fin de aprobar instrumentos que faciliten el cumplimiento y la aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En este contexto, el sábado 26 de mayo último fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial No. 148-2007-TR, norma mediante la cual se han aprobado los siguientes instrumentos:
- Reglamento de Constitución y Funcionamiento del Comité (de Seguridad y Salud en el Trabajo) y Designación y Funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo (RCF).
- Modelo de Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RIS)
- Guía Básica sobre Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (GB).
- Guía Técnica de Registros (GT).
Instrumento |
Aspectos relevantes |
RCF |
- Regula la constitución y el funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; y la designación y funciones del Supervisor.
- El número de integrantes del Comité puede variar entre 4 y 12.
- Los miembros del Comité o el Supervisor deben ser trabajadores a tiempo completo.
- El empleador debe designar a sus representantes entre quienes desempeñan cargos de responsabilidad ejecutiva o administrativa. También designa al Supervisor, de ser el caso.
- Los trabajadores, mediante voto secreto y directo, deben elegir a sus representantes.
- El Comité o Supervisor debe elaborar y presentar a la Dirección de la empresa los reportes de los accidentes de trabajo, los informes de investigación respectivos y las medidas correctivas adoptadas.
- La ejecución de los acuerdos del Comité es responsabilidad del empleador.
- Las reuniones del Comité se pueden realizar dentro o fuera de las horas de trabajo, según acuerdo de los miembros del Comité.
- Se deroga el Reglamento de los Comités de Seguridad e Higiene Industrial de Empresas Industriales (Resolución Directoral No. 1472-72-IC-DGI). |
RIS |
- Este Reglamento es un modelo; no es obligatorio.
- El modelo cubre las secciones obligatorias exigidas por el artículo 24º del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
GB |
- Es una guía de uso referencial para la implementación de los sistemas de gestión en las empresas.
- El documento facilita la elaboración de una política en materia de seguridad y salud, el desarrollo e implementación de medidas de control adecuadas, la verificación de las medidas tomadas, la comprobación de su eficacia, la adopción de medidas correctivas y la mejora continua.
- Ha sido elaborado tomando como base estándares internacionales y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
GT |
- Es una guía técnica para el diseño de los diversos registros establecidos en el artículo 17° del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. |