Requisitos para la prórroga de contratos a plazo fijo.- El Reglamento de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo No. 001-96-TR, dispone en su Artículo 87° que la renovación de los contratos celebrados a plazo fijo está sujeta a las mismas formalidades de la suscripción del contrato inicial.
Por ello, es importante recordar los requisitos que deben cumplirse para efectuar las prórrogas de los contratos sujetos a modalidad:
- Las prórrogas deben constar por escrito, señalando expresamente su duración y las causas que habilitan la renovación de la contratación temporal.
- La fecha que figura en el contrato de prórroga debe ser anterior a la culminación del plazo pactado en el contrato original. Es preferible pagar un recargo por presentación extemporánea a que se tenga por desnaturalizada la relación laboral temporal.
- El contrato se presenta en triplicado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los 15 días naturales de su celebración, adjuntando la solicitud, hoja informativa, copia del R.U.C. del empleador y el comprobante de pago de la tasa correspondiente.
- Un juego del contrato se entrega al trabajador, dentro del término de 3 días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
- Se debe observar los plazos máximos establecidos legalmente, en función a la modalidad utilizada por el empleador.