Suscripción del Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos.- El pasado lunes 25 de junio, se firmó en nuestro país el Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos.
El referido documento incluye enmiendas al texto del también denominado Tratado de Libre Comercio (TLC). En virtud de dichas enmiendas, se introducen modificaciones al Capítulo 17 del TLC, el cual se refiere a los temas laborales.
Estos cambios buscan complementar y ratificar adecuadamente el capítulo laboral previsto en el TLC, ratificando el criterio de la discrecionalidad de las partes en el manejo de sus relaciones laborales y reforzando el carácter obligatorio de los derechos laborales fundamentales, calificados como tales por la Organización Internacional de Trabajo (OIT).
Así, tras las modificaciones, el TLC señala que cada parte adoptará y mantendrá en sus leyes y reglamentos, y su correspondiente aplicación, los siguientes derechos, tal como se establecen en la Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento (Declaración de la OIT – 1998):
- La libertad de asociación;
- El reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
- La eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio;
- La abolición efectiva del trabajo infantil y la prohibición de las peores formas de trabajo infantil;
- La eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación.