Presentación del Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil.- La capacitación laboral juvenil es una de las modalidades formativas laborales previstas en la Ley No. 28518, que permite la contratación de jóvenes entre 16 y 23 años que no cursen estudios superiores.
De conformidad con el artículo 18 de la Ley mencionada, las empresas deben presentar ante la Autoridad Administrativa de Trabajo el Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil durante el último trimestre de cada año, a fin de poder celebrar convenios de capacitación laboral juvenil que rijan en el año siguiente. Cabe señalar que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo no acepta la presentación extemporánea de los referidos programas.
Siendo ello así, es importante tener presente que, a partir del 1 de octubre, se inicia el periodo de presentación del Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil correspondiente al año 2008. El modelo que debe ser utilizado ha sido aprobado por Resolución Ministerial No. 069-2007-TR, publicada el 17 de marzo de 2007 en el Diario Oficial “El Peruano”.
El incumplimiento de esta obligación implicará que se declaren improcedentes las solicitudes de presentación de los convenios de capacitación laboral juvenil y, en consecuencia, que la utilización de esta modalidad formativa no sea válida, sin perjuicio de la eventual imposición de las multas administrativas correspondientes.