Número 26 - Enero 2008
   
 
 


Si se le impone una sanción al locador, se desnaturaliza el contrato de locación de servicios.-
Mediante Sentencia recaída en el expediente N° 9197-2006-PA/TC, el Tribunal Constitucional ordenó la reposición de un locador de servicios, por haberse desnaturalizado su contrato civil a raíz de la imposición de una sanción por parte de quien lo contrató.

En efecto, el Tribunal Constitucional manifestó que “en el presente caso, de acuerdo a los instrumentales que corren en autos (...) se observa que [la empresa] hace una llamada de atención al recurrente, por lo que ejerce su poder sancionador(...)”.

No cabe duda que la imposición de una sanción (como en este caso, una amonestación) es un rasgo típico de la subordinación del locador a su contratante y, por tanto, elemento determinante de la existencia de una relación laboral. En ese sentido, el Tribunal Constitucional expresó que “(...) habiéndose determinado que el demandante, al margen de lo consignado en el texto de los contratos de locación de servicios suscritos por las partes, ha desempeñado labores de forma subordinada y permanente, en aplicación del principio de primacía de la realidad, queda establecido que entre las partes ha existido una relación de naturaleza laboral y no civil (...)”.
   
 
 

 
   
 
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