Eliminan la obligación de presentar la información anual de la Planilla de Pagos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.- El 20 de abril de 2008 fue publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 002-2008-TR, mediante el cual se eliminó la obligación de presentar anualmente la información de la Planilla de Pagos de los trabajadores en los meses de junio de cada año. La citada obligación ha sido eliminada en vista que tal información viene siendo recogida y presentada por los empleadores a través de la Planilla Electrónica.
Finalmente, es importante precisar que la obligación de presentar la información anual de planillas no sólo se ha eliminado para los empleadores que presentan la Planilla Electrónica, sino también para los pequeños empleadores con un máximo de 3 trabajadores que aún siguen llevando las planillas físicas de la forma tradicional.
INDECOPI falla contra ESSALUD por obligar a los empleadores a pagar subsidios de sus trabajadores.- El 17 de abril último, la Comisión de Acceso al Mercado – CAM del INDECOPI emitió la Resolución Final N° 0067-2008/CAM-INDECOPI declarando que ESSALUD impone una barrera burocrática ilegal al obligar a los empleadores a asumir el pago de los subsidios por incapacidad temporal y maternidad a favor de sus trabajadores con cargo a ser reembolsados posteriormente.
En la citada Resolución también se cuestionan los procedimientos del TUPA de ESSALUD para la obtención de los reembolsos de los subsidios, declarándose que incumplen los principios de simplificación administrativa contenidos en la Ley N° 27444 y la Ley N° 29060, exhortándolos a simplificarlos a fin de acelerar su tramitación en beneficio de los trabajadores.
Por último y teniendo en cuenta que dicha Resolución puede ser apelada, la CAM dispone que una vez concluido el proceso seguido a ESSALUD, se adopten las acciones necesarias para que se inaplique esta barrera burocrática ilegal.