El TC adopta criterio según el cual los empleadores deben pagar lo mismo a quienes realizan la misma labor.- Mediante Sentencia recaída en el expediente N° 04922-2007-PA/TC, el Tribunal Constitucional estableció que los empleadores deben pagar iguales remuneraciones a los trabajadores que realizan iguales labores.
En efecto, sobre la base de una interpretación de la Constitución Política del Perú y diversos convenios internacionales, el Tribunal Constitucional consideró que “(...) la remuneración como retribución que percibe el trabajador por el trabajo prestado a su empleador no debe ser sometida a ningún acto de discriminación ni ser objeto de recorte, ni diferenciación, como por ejemplo otorgar a unos una mayor remuneración que a otros por igual trabajo. En efecto, se prohíbe y queda vedado cualquier trato discriminatorio e irracional que afecte el derecho a la remuneración como derecho fundamental de la persona humana”.