Número 41 - Septiembre 2008
   
 
 


El TC analiza los hechos que determinan un despido fraudulento.-
En reciente sentencia recaída en el Exp. No. 01420-2008-PA/TC, el Tribunal Constitucional ha realizado un análisis exhaustivo de los hechos que motivaran la decisión del empleador de imputar la comisión de falta grave al trabajador, a fin de determinar la validez del despido.

En la sentencia bajo comentario, el Tribunal Constitucional determinó que el trabajador había sido objeto de un despido fraudulento porque la falta grave que se le imputó -la apropiación de bienes de la empresa- fue inventada por el empleador, pues de la evaluación de las pruebas no se podía concluir que el trabajador hubiera tratado de apropiarse de los bienes de la empresa.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional consideró que “(…) es válido concluir (…) que el demandante ha sido objeto de un despido fraudulento porque los hechos imputados como faltas graves son inexistentes y ha quedado acreditada fehacientemente la vocación perversa o disfrazada del empleador de utilizar como pretexto los mecanismos meramente formales para cometer un despido fraudulento.

   
 
 

 
   
 
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