RECOMENDACIÓN REM   No. 64 - Agosto 2009

¿Es válido aplicar descuentos a los trabajadores sin contar con su autorización? Si bien no existe una referencia expresa en nuestra legislación, existen diversos principios en materia salarial que establecen prohibiciones y limitaciones contra actos que pudiesen afectar la remuneración de un trabajador, como el carácter alimentario e intangible.

Ambos principios impiden al empleador aplicar unilateralmente algún descuento que represente una reducción de remuneraciones. Aun cuando existan indicios que el trabajador es responsable de alguna apropiación indebida, faltante, etc., debe tenerse en cuenta que todo descuento que se desee efectuar sobre sus ingresos deberá contar con la expresa autorización de éste, salvo que exista una medida judicial que lo autorice.

El descuento unilateral de las remuneraciones por parte del empleador podría configurar un acto de hostilidad.

 

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EQUIPO LABORAL REM

Luis Arbulú, José Balta, Iván Blume, Ernesto Cárdenas, Pedro del Carpio, Saúl Flores, César Lengua, Mario Pasco C. , Mario Pasco L.