



| ACTUALIDAD REM | No. 79 - Abril 2010 |
Trabajadores podrán elegir la empresa del sistema financiero en donde se depositarán sus remuneraciones.- Mediante Decreto Supremo No. 003-2010-TR, publicado en El Peruano el 15 de abril de 2010, se ha modificado del artículo 18° del Decreto Supremo No. 001-98-TR.
Los principales aspectos de esta modificación son los siguientes:
Ministerio de Trabajo evalúa publicar de forma masiva la relación de empleadores que no respetan los derechos laborales.- Según lo informado por la Viceministra de Trabajo, doctora Elisabed Zevallos, se viene analizando la propuesta realizada por algunas organizaciones sindicales para que se publique la relación de empresas sancionadas por vulnerar los derechos laborales de sus trabajadores.
Actualmente los nombres de las empresas multadas por infringir los derechos laborales son publicados en la página web del MTPE. Ahora se evalúa la posibilidad adicional de publicar dichas relaciones en medios de circulación nacional, cuando el procedimiento inspectivo sancionador se encuentre finalizado y la multa impuesta haya quedado consentida.
Se imponen cuantiosas multas por infracciones respecto al pago de utilidades y entrega de liquidaciones a los trabajadores.- El Ministerio de Trabajo y de Promoción del Empleo (MTPE) informó que desde enero de 2009 se vienen realizando inspecciones a diversas empresas en las regiones de: La Libertad, Arequipa, Cusco, Tacna, Lambayeque y Lima.
Hasta el momento como resultado de tales inspecciones se demostró que el 16% de las empresas inspeccionadas presentan el mayor número de infracciones respecto de la participación en las utilidades y en la entrega de la hoja de liquidación correspondiente. Las empresas sancionadas se dedican, entre otras actividades, a la explotación de minas y canteras, transporte, almacenamiento y comunicaciones.
La información no incluye a las empresas informales, cuyos porcentajes de incumplimiento son sustancialmente superiores y no son inspeccionadas.
Es necesario recordar que las multas por no cumplir con el pago de las utilidades varían desde los S/.2,160.00 hasta los S/.36,000.00, dependiendo del número de trabajadores comprometidos.Ministerio de Trabajo implementa línea gratuita para denunciar empleadores que no cumplan con entregar implementos de seguridad.- Todo trabajador cuya salud e integridad física sea puesta en riesgo debido a la falta de implementos de seguridad, podrá llamar gratuitamente al 0800-1-6872 y denunciar a su empleador por tales hechos.
Cabe recordar que el incumplimiento de las disposiciones relacionadas a la seguridad y salud de los trabajadores respecto a la entrega de equipos e implementos de seguridad y protección puede ser calificada inspectivamente como una infracción grave, cuya multa podría oscilar entre S/.2,160.00 y S/.36,000.00, dependiendo del número de trabajadores comprometidos.EQUIPO LABORAL REM
Luis Arbulú, José Balta, Iván Blume, Ernesto Cárdenas, Pedro del Carpio, Saúl Flores, César Lengua,
Mario Pasco C. , Mario Pasco L.