



| ACTUALIDAD REM | No. 82 - Mayo 2010 |
Hasta con 72 mil soles pueden ser multados empleadores que ejerzan discriminación laboral.-La Ministra de Trabajo, doctora Manuela García, señaló que las multas por discriminación laboral a los portadores del VIH y SIDA están calificadas como infracción muy grave, sancionable con una multa que, dependiendo del número de trabajadores afectados, puede ascender hasta los S/. 72 000.00.
Como se sabe, es un acto de discriminación que el empleador exija al trabajador hacerse la prueba de VIH como condición para acceder a un puesto de trabajo o para mantener el mismo. También es discriminación realizar actos de aislamiento para obtener la renuncia del trabajador que fuera VIH positivo.
Las víctimas de tales actos podrán denunciarlos ante la Dirección de Inspección Laboral, donde se procederá a verificar los hechos a efectos de imponer las sanciones correspondientes.Se intensifican visitas inspectivas laborales en horario nocturno.- La última semana de mayo, sesenta (60) inspectores laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), iniciaron operativos de fiscalización nocturnos con fin de verificar el cumplimiento de las distintas disposiciones laborales por aquellos empleadores que realizan sus actividades en horario nocturno.
La titular del sector, Dra. Manuela García, señaló que se realizarán este tipo de operativos de forma permanente e inopinada a centros de trabajo como los grifos, call centers, supermercados, fábricas, discotecas, obras de construcción, clínicas y todos aquellos establecimientos donde se encuentre personal trabajando en horario nocturno (entre las 10:00 PM y las 6:00 AM).EQUIPO LABORAL REM
Luis Arbulú, José Balta, Iván Blume, Ernesto Cárdenas, Pedro del Carpio, Saúl Flores, César Lengua,
Mario Pasco C. , Mario Pasco L.