RECOMENDACIÓN REM   No. 85 - Julio 2010

¿Cómo enfrentar una conciliación en el Ministerio de Trabajo?- Con frecuencia algunos trabajadores asisten al Ministerio de Trabajo para que se convoque a una audiencia conciliatoria con sus empleadores, con el objeto último de resolver de manera pacífica algún asunto que consideren controvertido.
 
A continuación precisamos algunas recomendaciones que todo empleador debe tomar en cuenta:

  • La asistencia del empleador a una audiencia de conciliación ante el Ministerio de Trabajo es obligatoria. En caso de inasistencia se impondrá una multa de hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria vigente (S/.3,600.00).

    Si el empleador no asiste a la conciliación por incapacidad física, caso fortuito o fuerza mayor, podrá justificar su inasistencia presentando un escrito dentro del segundo día hábil posterior a la fecha programada. Dicho escrito será evaluado por el conciliador correspondiente a fin de aceptar la justificación a la inasistencia.

  • Una persona con poderes suficientes deberá asistir a dicha diligencia observando el lugar al cual fue citado, el día y la hora respectiva. Podrán asistir apoderados o representantes debiendo presentar lo siguiente: (i) documento que acredite su representación y facultades en original y copia; y, (ii) documento nacional de identidad en original y copia.

    Puede asistir cualquier otra persona, en cuyo caso deberá presentar: (i) carta poder simple en donde se le otorguen facultades expresas para conciliar en dicha diligencia en original y copia, (ii) documento que acredite la representación y facultades de la persona que le delegó poderes, (iii) Documento de identidad en original y copia; y, (iv) copia del documento de identidad de la persona que le delegó poderes.

  • El empleador únicamente tiene la obligación de asistir, más no de llegar a un acuerdo con el trabajador. Por esta razón, en función a la evaluación realizada por el empleador en cada caso en concreto, podrá proponer un arreglo al trabajador por los puntos que sometió a conciliación o, caso contrario, se le informará que no existe ninguna propuesta conciliatoria de la Empresa al respecto.



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EQUIPO LABORAL REM

Luis Arbulú, José Balta, Iván Blume, Ernesto Cárdenas, Pedro del Carpio, Saúl Flores, César Lengua, Mario Pasco C. , Mario Pasco L.