



| RECOMENDACIÓN REM | No. 85 - Julio 2010 |
¿Cómo enfrentar una conciliación en el Ministerio de Trabajo?- Con frecuencia algunos trabajadores asisten al Ministerio de Trabajo para que se convoque a una audiencia conciliatoria con sus empleadores, con el objeto último de resolver de manera pacífica algún asunto que consideren controvertido.
A continuación precisamos algunas recomendaciones que todo empleador debe tomar en cuenta:
Si el empleador no asiste a la conciliación por incapacidad física, caso fortuito o fuerza mayor, podrá justificar su inasistencia presentando un escrito dentro del segundo día hábil posterior a la fecha programada. Dicho escrito será evaluado por el conciliador correspondiente a fin de aceptar la justificación a la inasistencia.
Puede asistir cualquier otra persona, en cuyo caso deberá presentar: (i) carta poder simple en donde se le otorguen facultades expresas para conciliar en dicha diligencia en original y copia, (ii) documento que acredite la representación y facultades de la persona que le delegó poderes, (iii) Documento de identidad en original y copia; y, (iv) copia del documento de identidad de la persona que le delegó poderes.
EQUIPO LABORAL REM
Luis Arbulú, José Balta, Iván Blume, Ernesto Cárdenas, Pedro del Carpio, Saúl Flores, César Lengua,
Mario Pasco C. , Mario Pasco L.